La Justicia de EE UU allana el cobro de un laudo de 110 millones contra España por el recorte a las renovables
La Corte de Estados Unidos para el Distrito de Columbia ha dictado una resolución que condena a España al pago inmediato del laudo arbitral favorable a Eurus Energy, la filial de Toyota, que supera los 110 millones de euros sumando intereses de demora y costas. El fallo, fechado el 24 de septiembre, desestima los argumentos del Estado español para suspender el procedimiento y allana la ejecución de uno de los principales laudos derivados del recorte de primas al sector renovable.

Una sentencia que cambia el escenario legal
La decisión del juez Randolph Moss subraya que la ley estadounidense exige otorgar a los laudos internacionales la misma "plena fe y crédito" que a una sentencia firme emitida por un tribunal del país. Esta resolución puede marcar un punto de inflexión en la batalla legal que mantiene España para evitar el pago de estos laudos.
El fallo llega apenas tres meses después de que el Tribunal Supremo de EE UU rechazara el recurso planteado por España y diera luz verde a que los acreedores por el recorte de primas ejecuten laudos arbitrales en el país. Ahora, la nueva resolución reduce mucho las probabilidades de éxito de España en este caso concreto.
El fondo Blasket, nuevo acreedor
El juez Moss también da el visto bueno a que el fondo Blasket, que compró los derechos de cobro del laudo a Eurus, sustituya a la compañía japonesa como acreedor en el procedimiento. Esta validación de la transferencia de laudos a fondos internacionales es un duro golpe para el Gobierno español, que viene calificando a estas firmas como fondos buitre.
El caso se origina en el laudo dictado por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (Ciadi), organismo de arbitraje del Banco Mundial, que en 2021 condenó a España a pagar 106 millones de euros a Eurus por el impacto de los recortes al sector renovable. Eurus había invertido en 15 parques eólicos ubicados en Galicia y Asturias.
España pierde su principal mecanismo de defensa
Aunque España puede recurrir el fallo a instancias superiores, no podrá acogerse al que se ha convertido en su principal mecanismo de defensa en estos procedimientos: la decisión de la Comisión Europea de marzo de 2025 que consideraba el pago de laudos favorables a inversores intra-UE como una ayuda de Estado incompatible con el derecho comunitario. Eurus es un inversor japonés, no comunitario, lo que deja sin efecto esa protección.
Esta característica lo acerca al caso de JGC, otra compañía nipona a la que España terminó pagando una indemnización de 32 millones de euros el año pasado, el primer y único pago efectuado hasta la fecha por España a raíz de los arbitrajes de renovables.



